ARRENDAMIENTO

Las personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casas habitación, departamentos habitacionales, edificios, locales comerciales, bodegas, entre otros.

OBLIGACIONES

Debes realizar tres tipos de declaraciones:

  • Declaración mensual de ISR Y IVA.
  • Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
  • Declaración Anual .
1. Declaración mensual o trimestral

Permite calcular tu Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado que deberás pagar por tus operaciones.

Para declarar necesitas tener comprobante CFDI 3.3 de tus ingresos, gastos y retenciones. Se realiza el día 17 del siguiente mes que declaras, o del trimestre, de acuerdo a lo que hayas seleccionado.

Ten en cuenta que están exentos del pago de IVA los arrendamientos de casa habitación y fincas utilizadas con fines agrícolas o ganaderos.

Si rentas a una persona moral, está obligada a retener el 10% de los ingresos por concepto del impuesto sobre la renta. Esa cantidad la puedes restar en tus declaraciones.

2. Declaración Informativa de Operaciones con terceros
Además, debes de presentar mensualmente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, que incluye la información sobre las operaciones de tus proveedores.
3. Declaración anual
Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.

FACTURA Y PIDE FACTURA CFDI 3.3

Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.

Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.

CONOCE QUÉ PUEDES DEDUCIR

Deducciones de gastos mensuales

Tu puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.

 

  • Pago de sueldos y salarios.
  • Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
  • Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
  • Luz y teléfono del local para tus actividades.
  • Papelería y artículos de escritorio.
  • Impuesto predial del inmueble arrendado.
  • Inversiones realizadas en el inmueble arrendado, como construcciones, adiciones y mejores.

Deducciones de gastos anuales

  • Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
  • Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
  • Gastos funerarios.
  • Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
  • Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
  • Transporte escolar obligatorio.
  • Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
  • Impuestos locales por salarios.
    Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

MANTÉN TU INFORMACIÓN FISCAL ACTUALIZADA

Recuerda que debes informar cuando cambias de domicilio, de actividad o si dejas de prestar un servicio. Presenta los avisos a el SAT.