ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL
PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL
En el régimen fiscal de las personas físicas con actividad empresarial tributan, por ejemplo, talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, artesanos.
Si perteneces a este régimen, estos son los trámites fiscales que debes realizar:
- Inscribirte en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Mantenerte actualizado en tu situación fiscal en el RFC, para ello es necesario que informes a la autoridad de cualquier cambio.
- Expedir comprobantes fiscales CFDI 3.3 a tus clientes por la venta de tus bienes o servicios y solicitar dichos comprobantes a tus proveedores por los gastos o compras que hagas relacionados con tu actividad.
- Desde el inicio de tus actividades debes llevar la contabilidad de los ingresos que obtienes y de los gastos, compras o inversiones indispensables para tu negocio.
- Debes presentar declaraciones mensuales, anual, informativas y Declaración Informativa Múltiple (DIM).
- Formular un estado de posición financieray levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
- Efectuar la retención del ISR cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
- Si tienes trabajadores, deberás entregarles constancia de las percepciones que les pagues y las retenciones que les efectúes, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
- Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
- Calcular en la Declaración Anual del ISR, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
- Presentar Declaración Informativa de Operaciones con Terceros DIOT, proporcionando mensualmente al SAT información sobre las operaciones con tus proveedores.
- Emitir recibos de nómina electrónicos CFDI a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, de lo contrario, no podrás deducir el gasto correspondiente.
RÉGIMEN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL
Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos).
Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúpers, escuelas, kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.
OBLIGACIONES
Debes realizar tres tipos de declaraciones:
- Declaración mensual de ISR Y IVA.
- Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.
- Declaración Anual.
Para declarar necesitas tener comprobante CFDI 3.3 de tus ingresos, gastos y retenciones. Se realiza el día 17 del siguiente mes que declaras, o del trimestre, de acuerdo a lo que hayas seleccionado.
Ten en cuenta que están exentos del pago de IVA los arrendamientos de casa habitación y fincas utilizadas con fines agrícolas o ganaderos.
Si rentas a una persona moral, está obligada a retener el 10% de los ingresos por concepto del impuesto sobre la renta. Esa cantidad la puedes restar en tus declaraciones.
Además, debes de presentar mensualmente la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, que incluye la información sobre las operaciones de tus proveedores
Si rentas a una persona moral, está obligada a retener el 10% de los ingresos por concepto del impuesto sobre la renta. Esa cantidad la puedes restar en tus declaraciones.
Informas el monto total de tus ingresos, gastos y retenciones al año, así como los pagos provisionales que realizaste mensualmente. La debes presentar a más tardar el 30 de abril siguiente de cada año fiscal.
Factura y pide factura CFDI 3.3
Para que compruebes tus ingresos, debes emitir facturas electrónicas por la prestación de tus servicios. Si tienes trabajadores, debes entregarle un comprobante de nómina por los pagos y retenciones que hagas.
Solicita factura por las compras que realices, y para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones mensuales.
Conoce qué puedes deducir
Deducciones de gastos mensuales
Tu puedes deducir los gastos e inversiones que sean estrictamente indispensables para llevar a cabo tu actividad.
- Pago de sueldos y salarios.
- Cuotas que hayas pagado como patrón al IMSS.
- Arrendamiento del local que utilices para la prestación de tus servicios.
- Luz y teléfono del local para tus actividades.
- Papelería y artículos de escritorio.
- Impuesto predial del inmueble arrendado.
- Inversiones realizadas en el inmueble arrendado, como construcciones, adiciones y mejores.
Deducciones de gastos anuales
- Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
- Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
- Gastos funerarios.
- Pagos por primas de seguro de gastos médicos.
- Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.
- Transporte escolar obligatorio.
- Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
- Impuestos locales por salarios.
Colegiaturas (preescolar a preparatoria).
MANTÉN TU INFORMACIÓN FISCAL ACTUALIZADA
Recuerda que debes informar cuando cambias de domicilio, de actividad o si dejas de prestar un servicio. Presenta los avisos a el SAT.