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Las personas que obtengan ingresos por otorgar en renta o alquiler bienes inmuebles como son: casas habitación, departamentos habitacionales, edificios, locales comerciales, bodegas, entre otros.

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RIF

Son personas físicas que realicen actividades empresariales tales como Fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, entre otras.

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HONORARIOS

Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general…

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ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y PROFESIONAL

En el régimen fiscal de las personas físicas con actividad empresarial tributan, por ejemplo, talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, fondas, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes…

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GENERAL DE LEY

Si tienes una sociedad mercantil, sociedad, asociación civil, sociedad cooperativa de producción, instituciones de crédito, de seguros y fianzas, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, uniones de crédito y sociedades de inversión de capitales…

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MULTAS ESTABLECIDAS EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Ahora bien, hablando de infracciones, estos son los nuevos importes.

Si no te inscribiste al RFC y debías hacerlo, y el SAT te detecta, puedes tener una multa, a partir de 2018, desde $3,470 a $10,410. Normalmente esto ocurre cuando empiezas a tener muchos ingresos en la cuenta bancaria sin estar dado de alta. Lo mismo ocurren si señalaste un domicilio fiscal distinto al que realmente usas o debas tener.

Si fuiste o eres socio accionista de una persona moral, pero tu RFC no aparece o aparece incorrectamente (vamos, que no te pusiste las pilas) la multa para 2018 ahora va desde $17,280 hasta $34,570. Hay nomás.

Multas por declaraciones no presentadas

Ahora si viene la cosa que a todos nos importe: multas por declaraciones no presentadas para 2018

Ahora, la multa será desde $1,400 pesos hasta $17,370 pesos por cada declaración no presentadas, y si después de 6 meses el contribuyente presenta declaración complementaria de aquélla, declarando contribuciones adicionales, también se le impondrá una multa de este tipo.

Si se presentó una declaración, solicitud, aviso o constancia fuera de los plazos señalados en un requerimiento del SAT o por su incumplimiento, la multa para 2018 va desde $1,400 hasta $34,730.

Uno de los cambios más relevantes fueron los nuevos importes de las multas para 2018.

Multas por declaraciones mal presentadas

Si crees que presentar una declaración en ceros o presentarla con información incompleta te salva de una sanción por el simple hecho de haberla cumplido, te tengo una mala noticia: hay multas por esta clase de irregularidades, y para 2018 esto es lo que aplica:

Si presentaste declaraciones por medios electrónicos incompletas, con errores o de manera distinta a como el SAT nos lo pide, la multa para 2018 va desde $4,260 hasta $14,230.

Multas por requerimientos

Si te llegó un requerimiento del SAT, recuerda que, aunque presentes la declaración luego de que el SAT te la requirió, estás obligado a pagar una multa, y para este 2018 van desde $1,400 hasta 34,730. Así que ya tú sabes si te la juegas con no presentarlas.

Si presentaste declaraciones por medios electrónicos incompletas, con errores o de manera distinta a como el SAT nos lo pide, la multa para 2018 va desde $4,260 hasta $14,230.

Multas por no retener ISR o informar del subsidio

También es importante que si tienes empleados, les retengas de forma correcta y conforme a la Ley, ya que si no:

Se impondrá una multa de $11,930 a $23,880 para 2018 a aquellos que no proporcionen información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio al empleo, así que cuidadito.

De 9,920 a 19,840 si no se presenta la información mensual del IVA Retenido, y aumentará en un 100% si se reincide. Es curioso que justamente este importe no se haya actualizado para 2018.

Multa por no presentar contabilidad electrónica

Mucho ojo con esto, ya que no presentarla o presentarla con errores nos puede salir muy caro:

La multa por no proporcionar información referente a la contabilidad en medios electrónicos (según artículo 30-A del CFF), también llamada contabilidad electrónica, para este 2018, va desde $48,360 hasta $241,800, sí, leíste bien. ¡Ah! Pero si además ya te la requirió el SAT (y pagaste tu multa correspondiente por requerimiento) sigues sin presentarla, la multa será de 96,710 hasta 483,600. Hay nomás por si quiere seguirle jugando al macho.

Multa por no tener ni siquiera contabilidad

Si tu empresa es de esas que no presenta contabilidad electrónica porque ni siquiera tiene contabilidad, déjame decirte que la multa por no tener contabilidad va desde $1,520 hasta $15,140.

Multas por oponerte a una auditoría del SAT

Llegó el día que tanto temías. El SAT toca a tu puerta, te deja un citatorio y a la mera hora de que te dicen que van a iniciar una auditoría tú te opones. Además de que de todos modos te van a revisar, la multa por oponerte a la revisión va desde $17,370 hasta $52,1420.